El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo anunció la expedición del Decreto 278 del 15 de marzo de 2021, con el que se modifica el régimen de zonas francas en Colombia.
Estos cambios buscan mejorar la competitividad de este instrumento de promoción de inversión en el País.
Así las cosas, el monto mínimo de inversión requerido para la declaratoria y prórroga, se reduce en al menos 15,2%.
La normatividad también busca impulsar la implementación de un modelo de zonas francas 4.0, para promover la exportación de servicios, modernización e inserción en cadenas locales, regionales y globales de valor.
Principales cambios
Con los cambios, permitirán la realización de comercio electrónico en las zonas francas para usuarios de bienes y servicios mediante la modalidad de tráfico postal y envíos urgentes.
Habilitan que zonas francas permanentes especiales de servicios puedan convertirse en zonas francas permanentes, con el objetivo de calificar usuarios que presten servicios (fundamentalmente de exportación), tales como ciencia, tecnología, innovación, cultura y conocimiento, entre otros.
Además, para que nuevos proyectos de zona franca se localicen en municipios con altos índices de pobreza, redujeron el compromiso de inversión hasta en un 30%.
En el caso del proceso de trámite de nuevas declaratorias, reducen de 57 a 24 el número de requisitos que deben ser acreditados, así como el tiempo para la declaratoria de 18 a 6 meses aproximadamente.
También igualan en 30 años el término máximo para la prórroga tanto de zonas francas permanentes, como permanentes especiales y se da vía libre a que las zonas francas adicionen áreas no colindantes al espacio originalmente declarado, siempre que dichas áreas se encuentren en el mismo municipio o en municipios limítrofes dentro de la misma jurisdicción aduanera.